Foodies on Menorca
Bep Al·lès/Ciutadella - Casi la mitad de los adolescentes de entre 14 y 18 años han consumido bebidas energéticas durante el último mes y uno de cada cinco las ha mezclado con alcohol. Ante unas cifras que evidencian la extensión de estos productos entre los más jóvenes, el Govern balear ha decidido endurecer su acceso: a partir de ahora estará prohibida la venta y el suministro de bebidas energéticas a menores de edad en las Illes Balears.
La medida forma parte del Decreto ley de medidas urgentes en materia de protección de la salud pública aprobado por el Consell de Govern, que también pone el foco sobre otra práctica que ha ganado presencia en determinados ambientes de ocio nocturno y turístico: el consumo recreativo de óxido nitroso (N2O), conocido popularmente como gas de la risa.
La nueva normativa prohíbe la comercialización de este gas cuando esté destinado a la inhalación con fines recreativos, pero mantiene sin restricciones sus usos médicos, odontológicos, hospitalarios, alimentarios e industriales.
El Govern fundamenta ambas medidas en la evolución de los hábitos de consumo de los adolescentes y en las evidencias científicas sobre los efectos que pueden tener estas sustancias sobre la salud. En el caso de las bebidas energéticas, los informes técnicos alertan de que su consumo se ha normalizado entre una parte importante de la población juvenil, a pesar de su elevado contenido en cafeína, azúcares y otras sustancias estimulantes.
Los datos de la encuesta ESTUDES 2023 dibujan un escenario que ha encendido las alarmas sanitarias. El 47,7 % de los estudiantes de entre 14 y 18 años asegura haber consumido bebidas energéticas durante el último mes. Aún más preocupante es que el 19,5 % reconoce haberlas combinado con alcohol en ese mismo periodo.
Estos productos contienen habitualmente elevadas concentraciones de cafeína, además de azúcares y otros estimulantes. Las principales sociedades científicas desaconsejan su consumo entre los menores y la evidencia disponible asocia su ingesta con alteraciones del sueño, nerviosismo, taquicardia y un aporte excesivo de azúcares.
El consumo habitual también puede contribuir a incrementar los riesgos asociados a la obesidad, la diabetes de tipo 2, las enfermedades metabólicas y los problemas cardiovasculares, especialmente cuando estas bebidas pasan a formar parte de los hábitos cotidianos de los adolescentes.
Pero uno de los fenómenos que más preocupan es su combinación con alcohol. Las bebidas energéticas pueden reducir la percepción subjetiva de embriaguez sin que disminuyan realmente ni la alcoholemia ni el deterioro psicomotor provocado por el alcohol.
Esta falsa sensación de control puede hacer que la persona siga bebiendo porque se siente menos afectada de lo que realmente está. El resultado puede ser un mayor consumo de alcohol, un retraso a la hora de detectar una intoxicación y una mayor probabilidad de asumir conductas de riesgo.
La respuesta del Govern es prohibir directamente la venta y el suministro de bebidas energéticas a cualquier persona menor de 18 años en todo el territorio de las Illes Balears.
La prohibición será aplicable independientemente de la modalidad de venta, de manera que el objetivo es impedir que los menores puedan adquirir estos productos a través de los distintos canales de comercialización.
A efectos de la nueva normativa, se consideran bebidas energéticas las bebidas no alcohólicas que contienen una alta concentración de cafeína como ingrediente estimulante, combinada habitualmente con azúcares y otros componentes estimulantes como la taurina, el guaraná o la glucuronolactona.
La medida, sin embargo, no afecta a todas las bebidas relacionadas con la actividad física o deportiva. El Decreto ley diferencia expresamente las bebidas energéticas de las isotónicas destinadas a la reposición deportiva, que tienen una composición y una finalidad diferentes y quedan fuera de la prohibición.
La otra sustancia que queda en el punto de mira de la nueva normativa es el óxido nitroso. Conocido como gas de la risa, su uso recreativo se ha extendido en determinados ambientes de ocio por una combinación de factores: es relativamente barato, resulta fácil de obtener y produce efectos con rapidez.
El Govern considera que esta mayor presencia, especialmente en algunos entornos de ocio nocturno y turístico, obliga a reforzar su control. Por este motivo, el Decreto ley prohíbe la venta, la dispensación y la publicidad del óxido nitroso cuando el producto esté destinado a la inhalación con fines recreativos.
La prohibición también pretende reforzar especialmente la protección de los menores y dificultar que puedan acceder a esta sustancia para utilizarla como droga recreativa.
La nueva normativa no supone, en cambio, una prohibición general del óxido nitroso. El gas tiene distintas aplicaciones profesionales y continuará utilizándose con normalidad en los ámbitos autorizados. Quedan fuera de las nuevas restricciones los usos médicos, odontológicos, hospitalarios, alimentarios e industriales.
El Govern actúa, por tanto, sobre la finalidad recreativa del producto y no sobre la sustancia en sí misma.
Los informes técnicos que sustentan la medida alertan de los efectos que puede tener la inhalación recreativa del gas de la risa. Su consumo puede provocar pérdida de conciencia, alteraciones de la coordinación, accidentes y episodios de hipoxia por falta de oxígeno.
Los problemas pueden ser más graves cuando el consumo deja de ser ocasional y se repite con frecuencia. La evidencia científica relaciona este uso continuado con lesiones neurológicas asociadas a un déficit funcional de vitamina B12.
Entre las consecuencias descritas se encuentran las parestesias —sensaciones anormales como hormigueo o adormecimiento—, la ataxia o dificultad para coordinar los movimientos, así como distintas alteraciones cognitivas o psiquiátricas.
El aumento de la presencia del gas de la risa en determinados espacios de ocio es precisamente lo que ha llevado a la Administración autonómica a intervenir sobre su comercialización cuando exista una finalidad recreativa.
La nueva regulación no se limitará a establecer las prohibiciones. El Decreto ley modifica el marco sancionador para que su incumplimiento tenga consecuencias económicas para los responsables.
Incumplir las prohibiciones relativas a la venta de bebidas energéticas a menores o a la comercialización recreativa del óxido nitroso pasará a tener la consideración de infracción grave dentro de la Ley sobre drogodependencias y otras adicciones de las Illes Balears.
Las infracciones graves podrán ser sancionadas con multas que van desde los 6.001 hasta los 60.000 euros.
El importe final de cada sanción dependerá de las circunstancias de la infracción. Entre los criterios que se tendrán en cuenta figuran el riesgo provocado para la salud, la gravedad de la alteración sanitaria producida, el beneficio ilícito obtenido, la naturaleza de los perjuicios causados, el grado de intencionalidad del infractor y la posible reiteración de la conducta.
Con este cambio normativo, Baleares opta por actuar directamente sobre dos consumos que han ganado visibilidad entre los jóvenes y en los espacios de ocio. En el caso de las bebidas energéticas, la prohibición pone una barrera legal a unos productos que ya consume prácticamente la mitad de los adolescentes de 14 a 18 años. En el del gas de la risa, el objetivo es frenar su expansión como sustancia recreativa antes de que su consumo se consolide aún más.
El Govern enmarca ambas actuaciones dentro de su política preventiva de salud pública y defiende que las nuevas restricciones deben servir para reducir la exposición de niños y adolescentes a productos que pueden comportar riesgos para la salud, especialmente cuando su consumo se produce en combinación con alcohol o en contextos de ocio.
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